BANDO SOBRE EL PUNTO DE RECOGIDA DE RESIDUOS

10/03/2021
Punto Limpio Navalagamella

El Ayuntamiento de Navalagamella ha emitido un Bando sobre el Punto de Recogida de Residuos, en el que explica las normas a seguir para mejorar el servicio de reciclaje de Navalagamella, facilitar la recogida de enseres y, en definitiva, tener el municipio que todos deseamos.

 

Dichas normas son:

  • Solo se podrán depositar los enseres en el Punto de Residuos del municipio, situado en la calle Paraje del Romeral, s/n (detrás del Polideportivo la Solana). De lunes a sábado en horario de 11:00 a 14:00 horas.
  • Podrán disponer del servicio de recogida que ofrece el Ayuntamiento de forma gratuita, llamando al teléfono 91 898 80 08 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. La recogida de enseres/podas serán los martes previo aviso y respetando la cantidad estipulada.
  • Los distintos tipos de enseres que se pueden depositar son:
    • Escombros: máximo 3 sacas de 25 kilogramos (para más cantidad será necesario presentar licencia de obra).
    • Poda: máximo 3 sacos de 50 kilogramos cada uno.
    • Cartón: máximo 30 kilogramos.
    • Pilas: máximo 1 kilogramo
    • Bombillas, fluorescentes, led: 8 unidades
    • Tóner: 3 unidades
    • Colchones: 2 unidades
    • Enseres: 1 Tipo A* al día / 1 tipo A + 1 Tipo B al día / 3 Tipo B* al día

*Tipo A: Electrodomésticos (Frigoríficos, lavadoras, lavavajillas, etc.). Armario o mueble voluminoso. Grupo de mesa y sillas (máx. 6); Sofás de 2 a 3 plazas.

*Tipo B: Pequeños electrodomésticos y otros aparatos electrónicos (TV, PCs, equipos de música, etc.) Muebles de pequeñas dimensiones.

El Ayuntamiento de Navalagamella apela a la colaboración y civismo de todos los vecinos para que Navalagamella sea el lugar libre de residuos que todos queremos, pero también vigilará el cumplimiento de estas normas y recuerda que el vertido de enseres derivados del consumo privado en espacios públicos podrá conllevar una sanción de hasta 601€, y el vertido de residuos considerados peligrosos, una sanción de hasta 6.019€, según el artículo 75.3 de la Ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid.

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